El Congreso de la República ha oficializado la Ley Nº 31928, destinada a facilitar la devolución de los fondos del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). Esta medida prioriza a los aportantes mayores de 60 años, aquellos que padecen enfermedades o tienen discapacidad.
La ley modifica los artículos 4, 10 y 12 de la Ley 29625, la cual trata sobre la devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo. Estas modificaciones proporcionan facilidades a la comisión ad hoc creada por dicha ley para llevar a cabo la devolución de los aportes realizados al Fonavi.
Las adaptaciones buscan aliviar la dificultad de obtener información sobre los fondos aportados por los trabajadores afiliados al Fonavi entre los años 1979 y 1998. Además, se establece la prioridad de devolución para personas mayores de 60 años, registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad o que padezcan enfermedades terminales.
La ley también contempla mecanismos para que los deudos de los aportantes al Fonavi fallecidos puedan cobrar los montos correspondientes por devolución.