La congresista María del Carmen Alva ha presentado un proyecto de ley que busca introducir modificaciones a la Ley del Teletrabajo (Ley N° 31752), la cual fue aprobada el 11 de septiembre de 2022 y entró en vigencia a principios de este año tras su reglamentación por el Ejecutivo mediante el DS N° 002-2023-TR.
Uno de los cambios propuestos en el proyecto de ley 5889/2023-CR se centra en el artículo 21.1 de la ley existente, que establece que el tiempo máximo de la jornada laboral para los teletrabajadores es el mismo que el de los trabajadores presenciales, es decir, 8 horas. La congresista propone agregar un nuevo texto que prohíba a los teletrabajadores realizar tareas domésticas o personales durante ese período.
El proyecto establece: «Durante dicha jornada, el teletrabajador se encuentra prohibido de realizar tareas domésticas o privadas, y en caso de hacerlo, se considera un abandono del puesto de trabajo, lo que conlleva sanciones y la reversión de la modalidad de teletrabajo».
Otro cambio propuesto se refiere al artículo 11° de la ley, que trata sobre el cambio del lugar habitual de trabajo por parte del teletrabajador. Según el texto actual, si un teletrabajador decide cambiar su lugar de teletrabajo, debe notificarlo con cinco días de anticipación a su empleador, quien realizará una evaluación sobre la prevención de riesgos laborales. Si el nuevo lugar no cumple con las condiciones necesarias, el empleador no aceptará el cambio, y el teletrabajador deberá regresar a su lugar de trabajo original. La propuesta de la congresista busca mantener este proceso de evaluación y aprobación.
Por último, el proyecto de ley busca incorporar entre las condiciones de teletrabajo que deben ser acordadas entre el empleador y el teletrabajador «los descansos para la realización de pausas activas durante la jornada laboral». Esta medida busca promover el bienestar y la salud de los trabajadores remotos.